PROYECTO DE ORDENANZA PARA CAMBIAR EL NOMBRE DE CALLE INGLATERRA

inglaterra

Expte. 529- HCD/2014

 

Tema: Solicitando el cambio del actual nombre de la calle “Inglaterra”  por el de “Puerto Argentino”, en homenaje a la denominación que la ciudad capital del archipiélago de Malvinas recibió tras la recuperación de la soberanía entre el 2 de Abril de y el 14 de junio de 1982.

Autor: Gustavo Mandará

PROYECTO DE ORDENANZA

 

 

VISTO:

Que la nomenclatura de calles, paseos públicos y espacios verdes en una ciudad, además de una forma de organización, identificación y orientación para quienes la habitan, constituye un homenaje y una forma de reconocimiento a hechos y personajes relevantes, como así también un modo de preservación y divulgación de una cultura común que enseña y concientiza a las generaciones.

Y CONSIDERANDO:

 Que existe en nuestra ciudad una calle denominada “Inglaterra”, la cual nace en Estomba al 1700 y se extiende por varias cuadras de distintas barriadas.

 Que dicho nombre hace alusión a una de las naciones integrantes del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, potencia colonial extranjera que no sólo usurpa en forma ilegítima e injusta una querida porción de nuestro territorio nacional, sino que dicha nación, en 1982 perpetró crímenes de guerra contra nuestras fuerzas militares, en ocasión del conflicto armado del Atlántico Sur, como ser el artero hundimiento del crucero “ARA General Belgrano” fuera de la zona delimitada para las operaciones navales en el marco de la contienda.

 Que invariablemente, el gobierno británico no sólo no ha mostrado la menor intención de negociar una devolución pacífica de estos territorios insulares, sino que tampoco ha dejado pasar oportunidad de provocar y agraviar a nuestro país en foros internacionales, negando elementales normas de derecho y convivencia entre los pueblos del mundo y violentando tratados internacionales y recomendaciones de diversos organismos, incluyendo la Organización de Naciones Unidas (ONU)

 Que existen sobrados indicios de que el Reino Unido utiliza este enclave colonial con fines militares que en nada se condicen con una vocación pacífica, no descartándose su utilización como emplazamiento de material nuclear que pondría en grave riesgo la seguridad no sólo de nuestro país, sino de todo el planeta.

    Que, por todo lo expuesto, no existen motivos para que desde una ciudad que forma parte de una nación con histórica vocación por la paz, pero también por la dignidad y firmes convicciones, persista un homenaje a un país que ha mostrado tan poco respeto por esos valores y ha hecho durante siglos de la piratería, el ultraje y la esclavitud un medio de desarrollo 

 Que nominar a una calle, espacio verde o paseo público, es para las autoridades de una ciudad, un acto de responsabilidad con la historia, pero también con el futuro, ya que en la determinación de llamar a una arteria de determinada manera, subyace un mensaje a las generaciones por venir respecto su postura ante determinados sucesos del tiempo en que les tocó ejercer su función

Que en nuestra ciudad hay al menos 15 héroes que ofrendaron su vida en el Atlántico Sur, muchos más que sobrevivieron pero quedaron con secuelas muy graves y una cantidad mucho más importante de Veteranos de Guerra, cuyas existencias quedaron marcadas para siempre por su experiencia bélica y ni ellos ni sus familias merecen que en la comunidad de la que forman parte, se enaltezca siquiera de la menor manera al país del que provinieron sus adversarios en el campo de batalla.  Y que corresponde extremar esfuerzos para que tanto las reivindicaciones históricas sobre estos territorios irredentos, como los heroicos acontecimientos de 1982, formen parte en modo permanente de la conciencia nacional y cómo tal, solidifiquen una de las causas nacionales más justas y generalizadas y para ello, desde cada rincón del país, sea cual fuere el lugar que le toque ocupar a cada habitante, siempre es posible aportar algo. 

POR TODO ELLO, EN USO DE SUS FACULTADES, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA, SANCIONA CON FUERZA DE:

                                                  ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1°: Cámbiesen en todo su recorrido el actual nombre de la calle que nace en Estomba entre el 1700 y el 1800 y se denomina “Inglaterra”, por el de “Puerto Argentino”, en homenaje a la denominación que la ciudad capital del archipiélago de Malvinas recibió tras la recuperación de la soberanía sucedida del 2 de Abril de 1982, hasta el 14 de junio de ese mismo año.

 

 

ARTÍCULO 2°: Facúltese al Departamento Ejecutivo para que, a través de las adecuaciones presupuestarias correspondientes, proceda dentro la brevedad posible, a cambiar la cartelería indicativa para dar cuenta del mencionado cambio,  el cual entrará en vigencia formal con la aprobación de esta ordenanza.

 

 

ARTÍCULO 3°: Notifíquese de la presente norma para su conocimiento a todas las agrupaciones de veteranos de guerra actuantes en nuestro medio, instituciones civiles del sector y a los vecinos de la mencionada arteria.

 

ARTÍCULO 4°: Invítese a los vecinos frentistas de dicha arteria a adecuarse dentro de la brevedad posible a esta disposición, reemplazando o corrigiendo en la medida de sus posibilidades las chapas ubicadas en sus domicilios.

 

 

ARTÍCULO 5°: Establézcase un plazo de un año a partir de la fecha de sanción de la presente ordenanza para que, en planos oficiales, registros catastrales y todo formato administrativo que sea responsabilidad del municipio de Bahía Blanca se proceda a plasmar este cambio de denominación.

 

ARTÍCULO 6°:  Infórmese en modo fehaciente de esta ordenanza tanto a organismos públicos dependientes del Estado Nacional como del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y empresas de servicios públicos para que, en la medida de sus posibilidades, procedan a la brevedad a adecuar sus registros de acuerdo a esta normativa.

 

 

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