Ley de Medios: la Corte escucha a los amigos de las partes

Las organizaciones que actúan como “amigos del tribunal” por el Estado y por el Grupo Clarín comenzaron con sus exposiciones ante la presencia de los siete ministros de la Corte Suprema, que deberá definir la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunciación Audiovisual.

 

Asdrubal Aguiar, por el grupo Clarín, desde el Observadotorio Iberoamericano de la democracia manifestó: “La ley en su fundamento propone un régimen de intervención estatal, basándose en las restricciones a los medios según el pacto de San Jose de Costa Rica y a partir de allí se determina la concurrencia de los diferentes parámetros de interpretación para la previsión de las restricciones democráticas”.

Según el observador iberoamericano, el propósito del grupo se basa en “no afectar la garantía de la libertad de expresión”, y agregó que “la cantidad de medios radioeléctricos son agregados de la libertad de expresión, preservando el derecho de toda persona de recibir información y divulgarla”. En cuanto a esto marcó “el Estado tiene la potestad de administrar éter radioeléctrico, pero no puede impedir el crecimiento, desarrollo o viabilidad económica de los medios”.

En su defensa enfatizó que “la ley 26522 no tiene que afectar la libertad de expresión y debe reflejar el derecho interamericano donde los medios son servicios públicos que deben repartir la libertad de expresión”.

Por la Asociación Argentina de Juristas, amicus por el Estado, habló Beinusz Szmukler, que citó al premio Nobel de la paz de 1974, Sean McBride, autor del informe “Un solo mundo, voces múltiples”, en el que se demanda “un nuevo orden mundial de información y comunicación, más justo y equitativo”.

“Los monopolios constituyen una discriminación de hecho al impedir a todos la posibilidad de acceder a los medios y violan el principio de igualdad real. Igualar a los desiguales ensancha la desigualdad existente”, sentenció Szmukler, y llamó a la Corte a “poner fin a la vergonzosa e injustificable demora y permitir la vigencia plena de la LSCA”. “Será una decisión paradigmática y un vigoroso impulso a una auténtica democracia”, afirmó.

Eduardo Oteiza, profesor de derecho procesal en la Universidad Nacional de La Plata, fue el orador por parte de la Organización de Asociaciones de Empresas de Televisión Pagada para Iberoamérica. Amicus del Grupo Clarín, expuso sobre derecho comparado en la regulación de TV por cable en relación a los Estados Unidos y señaló que en ese país “nunca se aplicó” la regulación en los operadores de cable.

Tras afirmar que la institución defiende tanto la libertad de expresión como a las empresas porque “ambas actividades se encuentran claramente en conjunto”, su exposición se basó en el entrecruzamiento de señales y titularidades. Respecto a la Ley de Medios, se refirió a la utilización del espectro radioeléctrico y afirmó que “la normativa no debería regular el mercado del cable” ya que no lo utiliza.

En tanto, Carlos Ruta, de la Universidad Nacional de San Martín, amicus por el Estado, sostuvo: “Nos encontramos ante el dilema: o los poderes salvajes o la libertad fundamental y la democracia. Transitamos un momento histórico en la construcción democrática del país. Los servicios audiovisuales son un lugar decisivo para la formación del sentido común”.

“No podemos pensar que la reglamentación por ley es solo para restringir derechos; esto sirve para asegurar derechos y que un mayor número de actores lleguen a ellos. No puede albergarse ninguna actividad económica que ponga en riesgo la libertad de expresión”, sostuvo Ruta.

Ruta concluyó: “Frente a los poderes, le corresponde al Estado regular las distorsiones. La palabra es necesariamente diversa y plural. Nadie puede pretender arrogársela para sí. No puede alegarse razón económica que ponga en riesgo la libertad de expresión”.

Luis Pardo, de la Asociación Internacional de Radiodifusión, orador por Clarín, insistió con las violaciones a la libertad de expresión de la norma, algo que la Corte Suprema ya había rechazado al asegurar que se trataba de un conflicto estrictamente económico. “Sin medios independientes el acceso a la información se reduciría a fuentes oficiales y la crítica y la disidencia no tendrían ningún impacto en la sociedad”, sostuvo, y apuntó contra los medios que reciben pauta oficial: “Una multitud de medios no significa pluralidad si dependen de la pauta publicitaria oficial. Se requiere la competencia leal de los medios por la audiencia. Si no hay audiencia no hay anunciantes”.

Según Pardo, “el equilibrio está ausente en la conformación del sistema de medios que derivará de la presente ley”, y esgrimió que leyes de este tipo “deben responder a criterios de razonabilidad economica y no a preceptos culturales o caprichosos”. “Con esa falsa diversidad de medios económicamente precarios se abrirá la cancha para que el gobierno imponga su discurso único”, concluyó.

Por parte de Adepa y también como amicus de Clarín, tomó la palabra Carlos Laplacette. Según sostuvo, “no hay motivos para aceptar que una empresa sea regulada si no usa el espectro radioeléctrico”.  Además afirmó que “controlar las señales y contenidos, es restringir”, que la Ley es “obsoleta” y que no tiene en cuenta a Internet.

“Se trata de decidir si el Estado podrá imponer a los particulares un permiso previo para exponerse”, dijo Laplacette. Y concluyó:  concluyó: “El Congreso no puede dictar leyes que regulen contenidos, es una violación al artículo 32 de la Constitución”.

Por su parte, el representante de la Universidad Nacional de Lanús, Víctor Abramovich, expuso como amicus del Estado: “Para quienes impugnan la ley cualquier norma del Estado nace sospechada. Se atrincheran detrás de la igualdad social para no perder sus beneficios. para quienes impugnan la ley la libertad de expresión se entiende bajo una óptica liberal”.

“No hay por qué sospechar de la regulación, la Corte debería hacer un análisis ordinario de razonabilidad. El artículo 45 no es solo de restricción sino de garantía de la libertad de expresión. El estado puede ser opresor, pero también puede constituir una fuente de libertad”, sentenció Abramovich.

Abramovich concluyó: “El estado tiene la obligación de regular y prevenir riesgos de afectación de derechos, de hecho puede ser responsabilizado si tolera practicas monopólicas”.

En tanto, el intelectual de la comunicación y la semiosis social Eliseo Verón, en defensa de la postura del grupo Clarín, como representante del Comité consumidor (Codelco) realizó un analisis de la evolución histórica en medios y “la producción de la información” desde hace 400 años a la fecha.

Según el investigador “la constitución de audiencias en siglo XX fue realizando información para que el público consuma las noticias preprogramadas y ese modelo desaparece con el espacio digital”. Para Verón, “la digitalizacion pone en exigencia el uso de la totalidad de los soportes técnicos, todo debe ser usado porque es una exigenvcia de los consumidores”.

En su discurso manifestó que “el fin del broadcasting, marca el fin de la manera en que se constituían audiencias e irá construyendo nuevos saberes y formas de realizar la comunicación social”, el creador de las terceridades finalizó su análisis expresando que “no hay pretextos para limitar una voz con otras voces”.

El otro orador fue el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, que apuntó que “el derecho a elegir genera que todas las normas regulatorias tengan que garantizar la mayor oferta posible al consumidor” y que. “esto genera una presunción de inconstitucionalidad de todas las normas que intenten restringir a los consumidores el acceso”.

“Cuando hablamos de este derecho que tienen los consumidores de poder elegir una oferta de bienes y servicios, hablamos de una garantía primaria, porque protege una relación de consumo y permite efectivizar el acceso a la libertad e expresión”, sostuvo, y agregó: “El artículo 45 es inconstitucional e inconvencional desde esta perspectiva. Lo que va a hacer es que los que ahora pueden acceder a la televisión por cable no puedan hacerlo, especialmente en las localidades de menos población y sectores menos favorecidos.

En ese sentido, consideró que “así como los periódicos nunca han tenido regulaciones especiales, tampoco debería tenerlo el cable porque es un espacio infinito, indeterminado y abierto” y que “hay que evaluar si es necesaria una regulación tan rígida, y tan estricta”. Es la primera vez que se establece, que limita la capacidad de consumidores de poder elegir. Si el objetivo de la ley era establecer la pluralidad de voces, con estos artículos no lo ha hecho”, concluyó.

Como Amicus del Estado, habló Miguel Rodríguez Villafañe, de la Confederación Cooperativa de la República Argentina. Según sostuvo, “por 29 años se le ha marginado la palabra y la libertad de expresión a todo el sector cooperativo y sin fines de lucro. Incluso, hasta perdimos espacios”, afirmó. Y dio el ejemplo de Zapala, Neuquén: “Tenía su propia antena comunitaria y fueron intimados porque sólo podían tenerlas las empresas”.

“Tuvimos que esperar a 2009, con la nueva Ley, para poder acceder a la palabra. Y ninguna organización de la prensa internacional, hoy todos juntos sentados aquí, vino a sancionar a la Argentina por esa grave violación”, remarcó. Por último, enfatizó que el pluralismo es una necesidad de la democracia y no del mercado: “Si el mercado no es controlado, lógicamente tenderá a la concentración. Es importante la presencia de todos, pero también poner un límite”.