(Por Jorge Duarte @ludistas) El Ministerio de Justicia y Trabajo de Córdoba volvió a fallar contra Petroquímica Río Tercero. Validó el reclamo de la Federación de Químicos, rechazó un recurso presentado por la firma y declaró «ineficaces» los despidos por lo que sigue reconociendo la relación laboral. Además la intimó que reabra la planta y a que presente los tres último balances.
El conflicto en Petroquímica Río Tercero, que lleva casi 20 días, parece entrar en una etapa. Es que el Ministerio de Justicia y Trabajo de Córdoba volvió a fallar en contra de la firma y volvió a validar el reclamo de los trabajadores representados por el Sindicato del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas de Río Tercero (SPIQYP) y la Federación de Sindicatos de Industrias Químicas y Petroquímicas (Festiqypra).
La cartera laboral constató que desde el 9 de octubre la empresa le niega el ingreso a la planta a sus trabajadores y que ello representa una «flagrante violación al convenio formalizado en esta sede» dado que, con anterioridad, los funcionarios habían pedido que se retrotraigan los despidos mientras se discutía una salida.
Para el Ministerio «se visualiza falta de transparencia, toda vez que como surge del convenio suscrito, la empresa no proporcionó información clara, ocultando información relevante que incuestionablemente nos aleja de la causa por la cual fue homologado dicho acuerdo por esta Autoridad; despide a parte de su personal, cuando no estuvo en consideración dicha hipótesis, y además pretende valerse de dicho procedimiento para eludir su responsabilidad en relación a las consecuencias derivadas del distracto de los trabajadores».
En ese contexto, las autoridades cordobesas declararon «ineficaces los despidos efectuados por la empresa Petroquímica Río Tercero S.A, y en su consecuencia reconocer vigentes las relaciones de trabajo existentes, ordenando esta autoridad reintegre en un plazo de 48 horas a la totalidad de los trabajadores indebidamente despedidos».
Adicionalmente, declaró «ineficaz la dispensa de prestar servicios dispuesta por la empresa, ordenando reincorporar al personal afectado bajo apercibimiento de aplicar sanciones por dicho incumplimiento conforme lo establecido por Ley 8015, debiendo además la empresa responder por salarios caídos desde el día 14 de octubre del 2025, fecha en la cual se concluye el período de suspensiones convenido en el PPC homologado por esta autoridad, hasta la fecha en que opere el reintegro de los trabajadores a sus puestos de trabajo».
Por último intimó a la firma química para que «en el término de cinco días hábiles a partir del presente, acompañe los últimos 3 balances» para que argumente la situación que la pudiese llevar a la crisis que la motiva a reclamar un Procedimiento Preventivo de Crisis.
Vale recordar que los representantes gremiales esgrimieron un lock out patronal y rechazaron la intención de la empresa de justificar los despidos y el posterior pago indemnizatorio bajo artículo 247 de la LCT (es decir que se liquida la indemnización hasta al 50%).
La resolución de este conflicto es de importancia vital. Petroquímica Río Tercero está afincada en un polo petroquímico donde confluyen empresas como Atanor y la fábrica de explosivos de Fabricaciones Militares: de prosperar el cierre podría terminar perjudicando también al personal y los puestos de trabajo de esas otras plantas.
El dictamen ministerial:
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