Qué establece la Ley de LSA?
-Reconoce a la Lengua de Señas como aquella que se transmite en la modalidad visoespacial y explica que posee una estructura gramatical completa, compleja y distinta del castellano.
-Establece que serán organismos de legítima consulta sobre la LSA aquellas organizaciones constituidas íntegramente por personas sordas que las representen en todo el territorio de la República Argentina y que se encuentren oficialmente constituidas e inscriptas con reconocimiento de los Estados nacional, provincial y municipal.
– Faculta al Gobierno Nacional a fomentar el uso de la LSA de todas las personas que, por cualquier motivo, elijan comunicarse en dicha lengua, con el objetivo de tener una accesibilidad efectiva y plena a la vida social
-Elimina barreras comunicacionales y actitudinales, a fin de facilitar el acceso a la comunicación e información.
-Garantiza la participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad de las personas sordas así como de las personas que por cualquier motivo elijan comunicarse en dicha lengua