El máximo tribunal benefició al holding de Magnetto y dejó firme que el Poder Ejecutivo no puede controlar al Grupo Clarín aún cuando no cumple la ley.
La Corte Suprema convalidó una estafa millonaria del Grupo Clarín a la ANSES al dejar firme un fallo judicial que le impide al Estado controlar la fusión Cablevisión-Telecom. Es en una causa donde desde 2018 el holding que comanda Héctor Magnetto evita hacer la Oferta Pública de Acciones (OPA) obligatoria por la fusión de Cablevisión y Telecom, que significa ofrecerle a los accionistas de esas empresas comprarles sus tenencias ante el cambio de conducción de la compañía. ¿Quién está entre los accionistas perjudicados? La ANSES. ¿Cuál es la estafa? Ofrecían pagar menos de lo que valía cada acción y cuando el Estado, a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV) objetó la maniobra, lograron varios fallos judiciales para que ese organismo no pueda intervenir. Ahora la Corte convalidó que el Poder Judicial le impida al Poder Ejecutivo controlar la fusión Cablevisión-Telecom y que el principal grupo de telecomunicaciones y una de las principales empresas del país pueda pasarle por encima a sus accionistas, entre ellos a la ANSES.
La ANSES tiene participación accionaria en Telecom y Cablevisión. Cuando se fusionaron, en 2018, ofrecieron pagarle 110 pesos la acción cuando ya valían 145. Por entonces implicaba una estafa de 8.400 millones por la diferencia entre los precios. La CNV objetó la maniobra pero Magnetto consiguió 2 cosas: que le adecuaran la legislación que obligaba a hacer la OPA a medida y una seria de medidas cautelares para que el Estado no pudiera intervenir. La Corte ahora avala todo en una causa que inició un tal Daniel Fernando Burgueño, un accionista suelto de Cablevisión que curiosamente hizo el mismo planteo judicial que la empresa pero en otro expediente. Típica maniobra de “forum shopping” de los abogados de Magnetto para administrar así el expediente y el juez más conveniente.
El favor de la Corte a Clarín salió la semana pasada, el 17 de febrero. Son en realidad dos fallos del mismo tema. En uno directamente rechazan intervenir en el tema con un párrafo donde utilizan una de las armas de discrecionalidad de la Corte, el artículo 280 del Código Procesal que les habilita decidir sin justificar nada. En otro de apenas una página dijeron que la cautelar por la que se queja la CNV ya venció y que “la Corte se abstiene de dictar pronunciamiento en la queja por considerarlo inoficioso”. Lo que no dicen es que la CNV pidió la intervención de la Corte en septiembre del año pasado, que la cautelar venció en octubre y que recién ahora se pronuncian para dejar todo como está, es decir, planchar el caso en favor de Clarín.
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FUENTE :EL DESTAPE