La justicia condenó al diario La Nación por violencia de género

Amparados en la Ley nacional 26.485 y en las convenciones y pactos internacionales con rango constitucional, la Sala I de la Cámara Laboral condenó al diario La Nación a indemnizar con 583.821,18 pesos a una empleada por “violencia de género y acoso moral padecido en el trabajo”. Las juezas Gabriela Alejandra Vázquez y Gloria Pasten de Ishihara confirmaron así el fallo del juez de primera instancia, quien había considerado que los superiores jerárquicos discriminaron a la empleada “por el mero hecho de ser mujer”. Las magistradas encuadraron el caso como un ejemplo de la estigmatización que, en el ámbito laboral, “asigna territorios, roles y jerarquías diferenciadas a varones y mujeres”. “Uno habla de violencia de género y tiende a pensar en su expresión física, pero nuestro derecho tiene una concepción amplia del fenómeno. En estos casos además rige el principio de la prueba dinámica: basta que la actora proporcione indicios serios de haber sufrido discriminación, para que el empleador deba demostrar que actuó con legitimidad”, señaló a Tiempo Argentino la doctora Vázquez.

Según figura en la causa, la mujer ingresó a la empresa en 1995 y desde 2005 hasta su despido en 2009 se desempeñó como ejecutiva de cuentas en el Sector Comercial del Suplemento Campo. En 2008, La Nación propuso a todos sus empleados un sistema de retiro voluntario que la demandante no aceptó, y por ese rechazo sus superiores adoptaron una “actitud implacable”: acoso laboral, presiones para la renuncia, apodos y hasta la traba de ascensos. De hecho, cuando se produjo una vacante en el puesto superior, y estando en condiciones de ascender, el elegido fue un varón “sin trayectoria” a quien la demandante debió capacitar.

A partir del testimonio de sus compañeros, los magistrados reconstruyeron además cómo, por su condición de mujer, la empresa privaba a la empleada de participar de los viajes a los eventos Expoagro, a pesar de que era una de las trabajadoras con mayor volumen de ventas. “Se desempeñaba en una unidad de negocio vinculada a un espacio de predominio donde, según surge de los diversos testimonios y de los mismos hechos, su persona devenía incómoda e inadecuada al momento de presentarse como la cara visible del negocio en los eventos externos, sin ponderarse sus aptitudes ni su eficiencia, sobradamente demostradas”, concluyeron. Todas estas presiones llevaron a que en 2009, la mujer padeciese un ataque de pánico y un posterior cuadro de estrés que la obligó a tomar licencia psiquiátrica. Antes de su regreso, la empresa le comunicó la decisión del despido sin causa.

Esta resolución judicial volvió a poner sobre la mesa la brecha laboral que aún existe entre hombres y mujeres. Según un reciente informe del Centro de Estudios Mujeres y Trabajo de la Argentina, ellas siguen ganando hasta un 47% menos porque consiguen empleo en los sectores peores pagos y más precarizados. Pero además, porque la cantidad de horas de trabajo está condicionada por las responsabilidades domésticas. “En el ámbito laboral el tema de los cuidados sigue siendo el factor que más contribuye a la desigual distribución de roles. Y aún sigue habiendo muchos despidos por embarazo. La ley de contrato de trabajo no ordena, como en el caso de los representantes sindicales, que las embarazadas deban ser reintegradas, sólo se exige una indemnización agravada. Eso es algo a revisar”, agregó la Jueza Vázquez.

Celebración
Democratizar
“La vida de las mujeres cambia mucho cuando hay jueces con perspectiva de género. Eso también es democratizar la justicia”, festejó Perla Prigoshin, directora de la CONSAVIG contra la violencia de género, del ministerio de Justicia de la Nación.