El cuestionado juez Raúl Tettamanti,quien había sido designado hace pocos días como subrogante por el tribunal federal en lo Civil y Comercial, bajo presiones del Grupo Clarín, renunció a su cargo, tras los diversos cuestionamientos.
Desde el Gobierno habían denunciado las maniobras para bloquear la designación de un juez titular en el juzgado 1, y escoger al juez jubilado Tettamanti, quien debía decidir sobre la constitucionalidad del artículo 161 de la Ley de Medios, clave en el proceso de desinversión que se niega a realizar el multimedios.
“Buscan bloquear en el consejo de la magistratura a los jueces que han sido seleccionados por procesos transparentes. Con el voto de Recondo y el de los representantes del radicalismo y de los abogados que representan los intereses corporativos, designan jueces de manera irregular”, había explicado el ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak.
Uno de los principales impedimentos para que Tettamanti quedara a cargo del juzgado Nro. 1 es que la secretaria de ese tribunal es Ana Bruno, nuera suya. Hay un artículo del reglamento de la Justicia que expresamente impide ser secretario de un juzgado a quien tenga hasta el cuarto grado de consanguinidad con el juez. Pero el que se tiene que ir es el que llegó último y provocó el conflicto, Tettamanti en este caso.
En su carrera como juez, Tettamanti emitió fallos de alguna trascendencia. En 2010, el magistrado condenó al Estado a pagar $620 mil más intereses de una década a los familiares de Maximiliano Tasca y Cristian Gómez, de 23 y 25 años, respectivamente, asesinados por el policía federal Juan de Dios Velaztiqui el 29/12 de 2001.
Velaztiqui fue condenado a prisión perpetua por el asesinato de esos dos jóvenes y de un tercero, Adrián Matassa, cuyos familiares formularon un reclamo civil en otro expediente. El episodio fue conocido mediáticamente como “la masacre de Floresta”.
En 2009, condenó al PAMI a dar medicamentos y vivienda a un paciente. Tettamanti ordenó a la obra social de jubilados y pensionados que suministre “cobertura integral” de medicamentos, al ciento por ciento de su costo, y “vivienda y alimentación” a un ciudadano chileno que recibió un trasplante renal y que carecía de medios para su adecuada recuperación y supervivencia.
En 2008, determinó que la empresa de internet Yahoo! debía pagar una multa de de 16 mil pesos por no haber eliminado de sus motores de búsqueda los sitios que vinculaban a una modelo con servicios de acompañantes. En noviembre del año pasado, el sitio fue intimado a eliminar esos vínculos, bajo condición de que si no lo hacía, debería pagar 200 pesos por cada día de retraso en el cumplimiento de la disposición judicial. La medida adoptada por el juez no fue obedecida por Yahoo!, pero tampoco apelada, por lo que el fallo quedó firme y las multas sin pagar. El magistrado ordenó que los 16 mil pesos que debería pagar la empresa se destinarían a la dotación de las Bibliotecas de los Tribunales Nacionales.