Tres ex jefes de la Armada fueron condenados hoy a prisión perpetua y otros dos a 25 años de prisión, al igual que tres integrantes de Prefectura, por delitos de genocidio cometidos durante la última dictadura cívico-militar en perjuicio de trabajadores fabriles de las ciudades de Berisso y Ensenada.
Los delitos fueron cometidos en perjuicio de trabajadores fabriles de las ciudades de Berisso y Ensenada.
La medida la dispuso en la noche del lunes el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de La Plata al dar lectura al veredicto en el juicio que se le seguía a cinco ex jefes de la Armada y tres de Prefectura en la que dispuso postergar hasta el 13 de noviembre la lectura de los fundamentos.
El Tribunal le impuso la pena de prisión perpetua al Comandante de la Fuerza de Tareas 5Jorge Alberto Errecaborde, al del Batallón de Infantería de Marina Nº 3 (BIM 3) José Casimiro Fernández Carró y al jefe de Operaciones e Inteligencia del BIM 3 Roberto Eduardo Fernando Guitian.
A ellos, les imputó con distintos grados de participación los homicidios calificados de Miguel Orlando Galván Lahoz y Roberto Pampillo, además de varios casos de privaciones ilegales de la libertad agravadas y tormentos.
Además condenó a 25 años de prisión al comandante de Operaciones Navales de la Armada Antonio Vañek y a su par de la FT5 y Director del Liceo Juan Carlos Herzberg y al ex jefe de la Zona Río de La Plata de la Prefectura Luis Rocca, al ex oficial Eduardo Antonio Meza y al ex jefe de Prefectura Carlos José Ramón Schaller.
Además, el Tribunal por mayoría resolvió revocar las prisiones domiciliarias de la que gozaban algunos represores y ordenó que se reparen los legajos de las víctimas para dejar constancia de los verdaderos motivos del cese en Astilleros Río Santiago, YPF y Propulsora Siderúrgica.
También resolvió remitir documentación al juzgado Federal 3 de La Plata para que investigue la responsabilidad de otros jefes de la Armada y de los directivos de las empresas y los sindicatos que actuaron en esa zona durante la dictadura.
Dispuso además que Astilleros mantenga la dispensa de funciones a los trabajadores victimas del terrorismo de estado hasta que estén en condiciones de obtener la jubilación que deberá tener como base la máxima categoría que les hubiera correspondido en cada caso de haber continuado la prestación.
Los represores fueron condenados por delitos cometidos en perjuicio de tres víctimas que siguen desaparecidas, otras 36 secuestradas y torturadas que finalmente sobrevivieron y por los homicidios de Miguel Orlando Galvan Lahoz y Roberto Pampillo, perpetrados por la Armada y la policía bonaerense en octubre de 1976 en pleno centro de La Plata.
Según lo acreditado en el juicio durante el terrorismo de Estado la Armada operó en torno a once “fuerzas de tareas” desplegadas para la represión en todo el país, como la FT5, que operó en la región bonaerense de La Plata, Berisso y Ensenada.
A partir del golpe del 24 de marzo de 1976 el aparato represivo naval concentró buena parte de sus operaciones en el sindicalismo combativo de fábricas del parque industrial de Berisso y Ensenada, como la siderúrgica Propulsora (grupo Techint), el frigorífico Swift, Astilleros Río Santiago e YPF, entre otras.
Además se constató que el accionar de la FT5 consistía “en la individualización, mediante tareas de inteligencia, de aquellos trabajadores que tenían algún tipo de participación en actividades gremiales o sindicales”, para luego secuestrarlos.
Una vez capturados los trabajadores “eran trasladados a dependencias que habían quedado bajo la órbita de esa fuerza”, en especial la sede de la Prefectura Naval de La Plata, el Liceo Naval Militar y en algunos casos el BIM 3 y el Hospital Naval.
La FT5 reunía todos los recursos de la Escuela Naval Militar, el Liceo Naval Almirante Brown, el Hospital Naval Río Santiago, el BIM 3, la Prefectura La Plata, el Centro de Incorporación y Formación de Conscriptos de Infantería de Marina y otras dependencias con asiento en La Plata, Berisso y Ensenada.
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