La decisión del juez Horacio Alfonso de dictar la constitucionalidad del artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual presenta un panorama complejo pero, sobre todo, cargado de expectativas en relación al sistema de medios de la Argentina.
Para comprender por qué era necesaria una legislación como esta y cuál será el futuro inmediato y mediato de la norma, INFOnews dialogó con el ex diputado nacional Eduardo Macaluse, uno de los defensores de la ley durante la discusión en la Cámara baja, y con el docente investigador de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), Diego de Charras.
La importancia de la ley
Consultado sobre la normativa en sí, Macaluse explicó: “La importancia de esta ley es que establece restricciones para evitar que se generen monopolios, oligopolios o que pocas voces concentren todo el espectro radioeléctrico o las señales de aire y de cable de la televisión. Es una buena ley que responde a los estándares internacionales y que incluso es hasta más leve que la de países que muchas veces se muestran como modelo porque son más avanzados tecnológicamente, como Francia o como Inglaterra. No es una novedad argentina. Esto tiene antecedentes en el mundo. Y es bueno que el Estado regule la relación entre Gobierno y medios y que esté reglado por una ley. Eso quita la opacidad al vínculo entre medios y Gobierno”.
En tanto, De Charras estimó: “La ley es un punto de inflexión muy fuerte, aunque esto no nos exime de las dificultades que pueda acarrear su aplicación. Pero lo más importante es que tenemos una ley votada por amplia mayoría en las dos cámaras del Congreso y elaborada a partir de un proceso sumamente participativo de la Coalición para una Radiodifusión Democrática a la cual se fueron sumando distintas organizaciones y entidades sociales, de Derechos Humanos y universitarias que discutieron la ley en todo el país”.
Diego de Charras.
“La anterior, y hasta este momento única, había sido aprobada en 1953 durante el segundo gobierno peronista. De ahí en más hubo otras 2 leyes de facto: una de la mal llamada Revolución Libertadora y otra de la última dictadura militar. Es decir, los medios audiovisuales, o de radiodifusión como se los conocía antiguamente, en la Argentina estuvieron durante toda su historia regulados por leyes de facto”, siguió De Charras.
Y remarcó: “Entonces, tener una ley democrática como la que tenemos, basada en un paradigma de Derechos Humanos y sentada sobre tres pilares fundamentales como son el tipo de prestadores, que incluye la reserva del 33 por ciento para los sin fines de lucro; el régimen de regulación de multiplicidad de licencias, que es lo que se empezaría a aplicar; y las cuotas de pantalla, que son la garantía de fortalecimiento de la producción local federal y nacional, marcan que es una norma modelo para América Latina y de las más destacadas del mundo en este momento”.
La aplicación
Eduardo Macaluse.
Por otra parte, en relación con la total aplicación de la normativa que, según se anunció, comenzará a regir, Macaluse expresó: “La ley debería aplicarse en igualdad de términos para todo el mundo. Hay que avanzar también en los aspectos que están relacionados a las organizaciones no gubernamentales para que puedan acceder también a un espacio para comunicar”.
A su vez, De Charras sostuvo: “Estoy convencido de que es no sólo posible sino necesaria la aplicación en su totalidad. La ley incorpora un cambio de visión muy fuerte en el paradigma de regulación de los servicios audiovisuales que tenía la Argentina y eso implica una cantidad de cambios no sólo de carácter formal administrativo o normativo sino también de concepto. Va a llevar varios años incorporarlo. Va a impactar en las estéticas, en los modelos de financiamiento, en los anunciantes publicitarios, en el tipo de contenidos y temáticas. La ley tiene un efecto derrame muy fuerte que va a llevar tiempo y que no se resuelve con decisiones administrativas, aunque son necesarias”.
Los contenidos
En el mismo sentido, consultado por posibles modificaciones en los contenidos y formas de los medios de comunicación audiovisual a partir de la Ley de Medios, Macalusse indicó: “Ningún cambio va a ser repentino. Los cambios siempre van a ser paulatinos, pero de una vez por todas la ley tiene que aplicarse. Después, si a alguien no le gusta, tiene toda la posibilidad de presentar un proyecto para modificarla y transformarla si adhiere una mayoría, pero la ley tiene que aplicarse”.
Por su parte, el docente de la UBA puntualizó en que al “incorporar a los pueblos originarios, a las universidades, se involucra a actores que tienen una comprensión de la comunicación acorde a su realidades de vida y que son muy diferentes para el sistema hegemonizado por medios comerciales”.
Un punto importante de la ley refiere al aspecto comercial económico de los medios. Sobre ese aspecto, De Charras aclaró que la normativa vigente desde 2009 “no pone en riesgo, como se ha dicho en el último tiempo, los modelos de negocios del sistema de medios comerciales sino que propone otros y eso implica un necesario cambio de cabeza”.
Lo más destacable
Según el ex diputado nacional, “la ley es equilibrada y da espacio a los que menos tienen como se pedía en los 21 puntos de la Coalición para una Radiodifusión Democrática”.
Y agregó: “Eso es bueno. Hay que ver ahora la aplicación. Todavía no se han aplicado los artículos que benefician a las ONG y, de hecho, yo creo que el Gobierno tendría que actuar más velozmente”.
Por último, De Charras coincidió en remarcar el hecho de que en la ley figure una reserva del 33 por ciento del espacio audiovisual para las organizaciones sin fines de lucro. “Ese 33 por ciento no se va a resolver de un día para el otro, eso va a llevar bastante tiempo, pero que esté en la ley es algo sustancial. Que trasciende cualquier gestión de turno”.