PROYECTO EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS INQUILINAS Y LOS INQUILINOS EN EL MUNICIPIO DE PATAGONES

En el día de la fecha se presentó ante los diferentes bloques de Concejales y el Consejo de Hábitat Municipal de Patagones, un proyecto para ser tratado en los mencionados espacios, el mismo tiene como objetivo realizar aportes desde la mirada de los y las trabajadoras respecto de la situación de Alquileres en Patagones.

 PROPUESTA DE PROYECTO DE ORDENANZA PARA LA CREACION DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCION AL INQUILINO/OFICINA PARA LA

DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS INQUILINAS Y LOS INQUILINOS EN

EL MUNICIPIO DE PATAGONES

 VISTO

La crisis habitacional que está atravesando nuestro distrito de Patagones y la necesidad de que el Estado municipal intervenga para brindar a la ciudadanía información sobre sus derechos en la relación locativa

La situación crítica para que una familia pueda encontrar una vivienda para alquilar, en Patagones cuente o no con referencias

El desbalance existente entre demanda y oferta hace cada vez más vulnerable al sector que está obligado a alquilar para tener un techo para su familia, sumándose cada vez más requisitos, elevándose los precios, o aceptándose cada vez peores condiciones edilicias.

El acceso a la vivienda es una problemática en aumento dado que, además de
la falta de acceso al crédito, se le suman otras cuestiones como el crecimiento
de los alquileres temporarios y su falta de regulación y la retirada del mercado
de propiedades para la renta y las subas en los valores.
Esta problemática es un denominador común y los usuarios reclaman la
aplicación de medidas que promuevan la equidad. La situación de las mujeres
inquilinas merece ser considerada con particular atención al momento de
formular políticas inclusivas de acceso a la vivienda e implementar acciones
puntuales que puedan afectar su condición. Las mujeres aparecen como
particularmente vulnerables frente al mercado de alquileres en los barrios
populares y en los hoteles-pensión. El género como fuente de desigualdad se
articula con otras, como el bajo o escaso nivel de ingreso, el estar a cargo de
hijos/as o tener hijos/as con alguna discapacidad. Las políticas con mirada de género podrían focalizarse, en primer lugar, en las mujeres jefas de hogar que
viven en hoteles-pensión y que son desalojadas de sus viviendas cuando quedan
embarazadas. Es necesario desarrollar herramientas que permitan evitar estas
prácticas de discriminación y de vulneración del derecho a la vivienda digna de
estas mujeres.
Y CONSIDERANDO:
Que es esencial entender el problema de la falta de viviendas para alquilar como
un problema social, considerando al mismo como un bien de primera necesidad,
derivado del problema habitacional que sufre nuestro partido de Patagones
Que es fundamental considerar al inquilino como un sector vulnerable, expuesto
a un mercado excluyente y que, al carecer de vivienda propia, tiene un margen
de acción es claramente limitado en la relación locativa.
Que también es cierto que, para ver crecer el número de inmuebles ociosos que
hoy directamente están cerrados por voluntad de sus dueños o por no reunir las
condiciones para ser ofrecido al mercado inmobiliario requiere que
propietarios/as e inquilinos/as cuenten con las garantías apropiadas. –
Que, en definitiva, entendemos que el Estado Municipal debe intervenir
fuertemente para solucionar el problema, adoptando políticas públicas que
salvaguarden los derechos de un importante porcentaje de la población que hoy
se encuentra desamparado, con muchísima incertidumbre y angustia, cautivo
por un mercado que no llega a satisfacer la demanda y que muchas veces
impone condiciones injustas.
Que la “Ley de Alquileres” regula los derechos y obligaciones de la persona que
va a alquilar y de la persona dueña del inmueble. Prohíbe pagos adelantados,
salvo el de un mes de alquiler y el depósito en garantía.
Propuesta:
CGT REGIONAL BAHIA BLANCA- SUBDELEGACIÓN PATAGONES
Artículo 1°: Crease EN LA ORBITA DE XXX la Oficina Municipal de Atención

Artículo 2°: La Oficina Municipal de Atención al Inquilino tendrá los siguientes
objetivos:
– Asistir legalmente en la relación locativa, tanto previo a la firma del
contrato como en cuestiones que se susciten con posterioridad al mismo.
– Promover la participación del Estado local en el involucramiento para la
regulación del mercado de locaciones urbanas.
a) Facultar al Consejo de Hábitat Local a realizar las adecuaciones
presupuestarias que resulten necesarias a los efectos de dar cumplimiento
a lo dispuesto en la presente, así como a celebrar los convenios que
considere pertinentes a los fines de la misma, obteniendo el consenso y
acuerdo de sus integrantes.).
Artículo 3°: Serán funciones de la Oficina Municipal de Atención al Inquilino:
a) Promover la participación del Estado en la protección del inquilino frente al
mercado inmobiliario. Promover la participación del Estado en la protección
del inquilino frente al mercado e intervenir frente a denuncias de inquilinos
y/o propietarios de inmuebles, fomentando las buenas prácticas en la
relación locativa.
b) Brindar atención y asesoramiento legal a inquilinos e inquilinas de vivienda
en la relación locativa.
c) Recibir e informar sobre los derechos y obligaciones en los reclamos de los
inquilinos de vivienda hacia los propietarios y/o intermediarios que
intervienen en la relación locativa.
d) Intervenir frente a denuncias de inquilinos y/o propietarios de inmuebles.
e) Difundir información sobre los derechos de los inquilinos y de los propietarios
establecidos en la Ley de Alquileres N° 27.551 y del Código Civil y Comercial de la Nación, así como toda normativa provincial que implica la relación
locativa.
f) Generar mecanismos que faciliten el acceso al alquiler de vivienda en
términos económicos para reducir los gastos iniciales y para facilitar el
acceso a la vivienda.
g) Efectuar informes y estadísticas públicas periódicas sobre asesoramientos
legales a inquilinos, relevamiento de las principales problemáticas
denunciadas, campañas de difusión llevadas a cabo y avances de su
gestión. Generar información específica sobre la problemática de las
relaciones contractuales de alquileres y estadísticas sobre las conflictivas
tratadas.
h) Ofrecer una instancia de conciliación voluntaria para problemas suscitados
en una relación locativa.
i) Promover la concientización de la problemática de la población del Partido
de Patagones, mediante charlas y encuentros abiertos a la comunidad.
j) Gestionar posibilidades de acceso a un contrato formal de alquiler, para
generar igualdad de oportunidades en el derecho al acceso a una vivienda
digna.
k) Llevar a cabo el Registro Único de Alquileres en el Municipio de Patagones
que contendrá información de inquilinos, propietarios y administradores de
consorcio.
Sobre el Registro
l) La Oficina Municipal del Inquilino conformará y dispondrá de un registro de
inmuebles en alquiler y de inquilinos, actual, y otro registro potencial de oferta
y demanda. (DESARROLLAR EN UN ARTÍCULO APARTE LAS
CARACTERISTICAS DE ESTE REGISTRO DE INMUEBLES).
m) Solo podrán inscribirse en el mencionado registro aquellos inquilinos del
distrito que acrediten su condición de tal durante los últimos cinco años sin
interrupción dentro del Partido de Patagones y acreditando la condición de
buen pagador, presentando sus respectivos contratos de locación ajustados
a las normativas vigentes en la materia. Serán reconocidos como válidos únicamente a los efectos de la inscripción en el mencionado registro,
aquellos instrumentos del cual hayan sido titulares y cuyas firmas estén
certificadas ante escribano público o la autoridad judicial competente. (ESTO
DEBERÍA IR EN ARTICULO/S SOBRE EL REGISTRO DE INMUEBLES).
n) La autoridad de aplicación y control del Registro de Inquilinos será la Oficina
Municipal del Inquilino dependiente del Consejo de Hábitat Local.
o) Asegurar la debida difusión de las actividades en Web oficial, así como por
los medios de comunicación locales del Registro creado, invitando asimismo
a los interesados a inscribirse en el mismo.
p) Recibir reclamos de inquilinos de vivienda única hacia propietarios y/o
inmobiliarios derivados de los contratos de locación.
q) Gestionar posibilidades de acceso a un contrato formal de alquiler, para
generar igualdad de oportunidades en el derecho al acceso a una vivienda
digna.
Artículo 4°: Designación de la persona encargada de la Oficina Municipal de
Atención al Inquilinos:
La designación de la persona surgirá del acuerdo y consenso de un
representante de:
a) Consejo de Hábitat Local
b) Ejecutivo
c) Federación de Inquilinos Nacional
d) Honorable Consejo Deliberante
e) Gremios
f) Defensoría del Pueblo Provincial
g) Consejo Provincial de Hábitat
Artículo 5°: El asesoramiento que se brinde desde la Oficina Municipal de
Atención al Inquilino será gratuito.
Artículo 6°. Quien sea elegido/a como responsable de la OMAI no podrá ser
alguien que desarrolle actividad inmobiliaria o la haya practicado en algún
CGT REGIONAL BAHIA BLANCA- SUBDELEGACIÓN PATAGONES
momento, como profesional corredor o martillero público, teniendo en cuenta a la
Ley de ética pública.
Artículo 7°. Quien sea elegido/a como responsable de la OMAI no podrá ser
alguien que desarrolle actividad inmobiliaria o la haya practicado en algún
momento, como profesional corredor o martillero público, teniendo en cuenta la
Ley de ética pública.
Artículo 8°. Quien sea elegido/a responsable de la OMAI no podrá ser un/a
ciudadano/a multipropietario/a con viviendas en alquiler, por lo cual deberá
presentar una declaración jurada que aclare esa información.
Artículo 9°. Que en función de la gran demanda que tiene la OMAI, se ampliará
el equipo de trabajo, que deberá aportar una visión desde una perspectiva de
género, teniendo en cuenta las diversas situaciones de conflicto y abusos que
involucran no sólo una relación de poder asimétrica entre inmobiliarias,
propietarios e inquilinas/os como tal, sino también una asimetría de poder en las
relaciones de género entre partes.
Artículo 10°. Que entre las funciones de la OMAI se desarrollará el incentivo
público para que propietarios/as e inquilinos/as firmen sus contratos de alquiler
de vivienda permanente en ésta área, de forma presencial, sin costos de
intermediarios, donde recibirán asesoramiento sobre las condiciones legales
vigentes, lo cual va a redundar en bajar sensiblemente los costos de contrato
para ambas partes.
Podrá dictar un Reglamento Interno de funcionamiento, criterios de selección y
procedimiento en acuerdo con el Consejo de Hábitat Local.
La Oficina Municipal de Atención al Inquilino, podrá brindar una instancia de
conciliación voluntaria para problemas suscitados entre locador y locatario  El procedimiento fijará su reglamentación, respetando los principios de
inmediatez, gratuidad, confidencialidad e informalidad.
Del Registro voluntario de inquilinos, propietarios y administradores a saber:
La construcción del mismo resultará del acuerdo de instrumentos consensuados
en el marco del Consejo de Hábitat local.
Deberá ser actualizado anualmente detallando un informe de lo actuado y
presentado ante el Consejo de Hábitat Local, para aprobación de la gestión.
Sin más firma al pie.
Sec, del Interior CGT Regional Bahia Blanca
Lic. Paez. Mirta
DNI: 26757491- Cel 2920695000

 

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Secretaria del Interior: Lic Paez Mirta B
CGT Regional de Bahia Blanca