Servini declaró inconstitucional la elección popular de consejeros

La jueza federal con competencia electoral María Romilda Servini de Cubría declaró inconstitucional la ley votada en el Congreso que habilitaba la votación popular de los miembros del Consejo de la Magistratura.

La magistrada falló sobre dos recursos de amparo que habían presentado el presidente del Colegio Público de Abogados, Jorge Rizzo, y el Partido Demócrata Cristiano.

Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855 del Consejo de la Magistratura y del decreto 57713 que convoca a elección de consejeros, abogados, jueces y académicos.

“Dejar sin efecto jurídico la convocatoria electoral prevista para la elección de miembros del Consejo de la Magistratura”, resaltó el dictamen.

Ahora el juego deberá ser definido por los magistrados de la Suprema Corte de Justicia, que tendrá la palabra final en este tema si su  intervención es solicitada por el Poder Ejecutivo a través de un recurso de per saltum o el propio Tribunal puede intervenir si considera que la definición es de “gravedad institucional”.

La decisión de Servini inhabilita la votación popular de los miembros del Consejo de la Magistratura

El lunes, el Ejecutivo, a través del director electoral Alejandro Tullio, ratificó que las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se llevarán a cabo el 11 de agosto próximo independientemente de la decisión que pueda tomar la Justicia sobre la elección de los miembros del Consejo.

En las últimas horas se había sumado otro pronunciamiento judicial ante las presentaciones que se hicieron en distintos tribunales del país para intentar frenar la reforma. Se trata del juez federal de San Martín Oscar Papavero, que hizo lugar a un planteo del Colegio Publico de Abogados de San Isidro, que había pedido una acción declarativa de certeza contra la reforma, argumentando que los integrantes de su agrupación debían integrarse a un partido político para poder participar.